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Usura telefónica

Desde esta misma columna, en el número 108 de setiembre-octubre de 1995, con el título de “Usura de plástico” denunciábamos, con datos concretos, los intereses usurarios que cobraban las instituciones de crédito no bancario, como ser tarjetas de crédito nacionales y extranjeras, y en particular los créditos directos al consumo de los shoppings y las casas comerciales, las que, con una inflación del orden del 40% como la existente en aquel momento, cobraban tasas de interés que iban del 150 al 400%. Solicitábamos, para evitar estos abusos, la intervención de alguna institución de defensa del consumidor. El Banco Central, aduciendo que las tarjetas y comercios financiaban compras pero no prestaban dinero, y que por lo tanto no le correspondía intervenir, “chiflaba y miraba para arriba”.

Desde entonces, mucha agua ha corrido por debajo -e incluso por encima- de los puentes. El Semanario Brecha hizo denuncias en el mismo sentido, mencionando tasas de interés superiores al 1000%. También a nivel parlamentario se agitó el tema. Aparentemente por un asuntillo de Embajadas, entró en bajada aquello de “la conciencia líímpia/ la confianza plééna/ lacallemachiñéééna” que nos atosigara en la campaña electoral del 89, y quizá por ello, o quizá por ser motivo permanente de su preocupación, el hecho es que el Diputado Machiñena realizó numerosas denuncias contra la corrupción y los intereses usurarios. A esa se sumaron otras voces, y finalmente llegamos a 1998 con un Parlamento que tenía a estudio 4 Proyectos de Ley contra la usura.

Simultáneamente, como el negocio era tan redondo y nadie controlaba nada, los prestamistas se envalentonaron y aguzaron su de por sí activa imaginación, y crearon -o importaron- el crédito telefónico. La tabla siguiente muestra algunas tasas de interés que paga el usuario de los mismos.

EmpresaMonto del crédito ($)Monto de la cuotaNúmero de cuotasTasa de interés (%)
Cofac250034513201
Cofac250028118174
BankBoston600075012122
Multifácil ACAC500010716143
Multifácil ACAC50007649123
Fonocash1000038103125
Fonocash1000015409127

Las tarjetas de crédito, también ofrecen pago en cuotas de lo adeudado. Y -gran adelanto respecto al pasado- en la factura están impresas las tasas de interés efectivas diaria, mensual y anual. Pero en cualquiera de las opciones “en cuotas”, le cobran en el momento la primera. El cálculo real de las tasas debería tener esto en cuenta, pero no lo tiene.

A continuación se presenta un ejemplo tomado de OCA Card. Para una compra de $418, para el caso de la opción 2 cuotas, le prestan realmente 418 menos 221,92 (que Ud paga en el momento como primer cuota), es decir que le prestan 196,08, por los cuales al mes debe pagar los otros 221,92 como segunda cuota. O sea que le cobran 221,92 – 196,08 = $ 25,84 de interés, lo que representa una tasa mensual del 13,18% que, anualizada, alcanza la módica cifra del 342%.

Y no vale el argumento del plazo ya otorgado desde la compra hasta la fecha de vencimiento, ese es otro negocio, ya remunerado por el comercio y a través del costo de la tarjeta. El mismo cálculo, para las otras opciones arroja intereses del 258, 242 y 239% respectivamente, para 3, 4 ó 5 pagos. Es solo un ejemplo, hay otros, no sé si mejores o peores. Y recuérdese que la inflación actual es del 12% anual.

Recordemos que por usura se entiende, según la Ley, el cobro de una tasa de interés que supere en más del 75% a las tasas medias del mercado. Ante la usura rampante, este año el Banco Central se decidió por fin a intervenir, dado que el único argumento para no hacerlo -que las empresas de crédito no prestaban dinero- hace tiempo que había desaparecido. ¿Como lo hizo? Determinando “las tasas medias de mercado” tal como, en su sentido literal, dice la Ley. ¿En base a qué? En base a las tasas que cobran los propios prestamistas. Es decir que no se condena genéricamente la usura, sino aquella que sea de tal magnitud que supere, en más del 75%, al promedio.

En abril pasado, el BCU determinó que la “tasa media de las empresas administradoras de crédito” en moneda nacional no reajustable, promedió el 99,39%, y la de financiación de compraventa de bienes y servicios, el 96,67%. Por lo tanto, en la primera actividad se considerarán usurarios los préstamos a una tasa mayor al ¡174%! A pesar de esto, el Director de Creditel dijo a El Observador (28/4/98) que “la fijación de la tasa media obligó a la firma a eliminar las operaciones por montos pequeños y hasta en 4 cuotas, lo que representa casi el 40% de sus créditos”. Según declaraciones del propio Director los créditos por montos bajos y en 2 ó 3 cuotas promediaban el 260% de interés. Preocupado por los aspectos sociales del problema, el mismo Director se lamentó de que la empresa había tenido que mandar personal al seguro de paro y además de que “esta circunstancia deja a mucha gente sin poder acceder al crédito que nosotros ofrecíamos anteriormente”

Crediefectivo por su parte, declaró al mismo medio que “debido a la alta morosidad y a la persecución política (¡ ¡ ! !) de que han sido objeto en los últimos tiempos” se vieron obligados a cerrar el servicio de créditos directos que realizaban. En la misma publicación se aclara que, según fuentes del BCU, las tasas fijadas no incluyen el IVA, por lo que, para tipificar usura, se deberá tomar la tasa promedio, más el 75%, más el IVA, lo que en el caso de las empresas administradoras de crédito, determinaría un límite del 213%, y en el caso de los “créditos de la casa” del 208%. Recordemos nuevamente, porque se trata de un parámetro básico, que la inflación anual no llega actualmente al 12%.

A algún malpensado se le puede ocurrir que el Estado permite semejante despojo porque “va prendido” con el IVA. El artículo ya citado dice que según cálculos del BCU, “el negocio de los créditos en efectivo en el mercado bancario y de las tarjetas de crédito, mueve mensualmente aproximadamente (la redundancia no es mía) 250 millones de dólares, sin contar el crédito directo de los comercios” No se aclara de si el IVA está incluido o no en esta cifra, pero en cualquier caso oscilaría entre los 47 y los 57 millones de dólares mensuales recaudados por esta vía, unos 600 millones anuales, bastante más de lo que aporta en forma neta el turismo.

Es difícil encontrar otro ejemplo de un despojo tan generalizado, y sobre el que simultáneamente exista tanta indiferencia. Salvo alguna saludable inquietud parlamentaria, y algún que otro artículo periodístico, en los hechos no pasa más nada. Y como las tasas de interés siguen siendo determinadas por el libre juego de la oferta y la demanda, se considera que cualquier denuncia, cualquier intervención, no hace más que subestimar a los tomadores de crédito, que libremente pueden optar por tomar o no los créditos en la forma que se le ofrecen. La intervención del BCU, calculando y publicando mensualmente las tasas de interés promedio para cada mercado de crédito, más que combatir, legitimó la usura. ¿Que explicación tiene todo esto? No tengo una respuesta, pero si algunas hipótesis -o prejuicios- que expongo a continuación.

La principal, es que todo esto ocurre impunemente, porque no afecta a ningún interés corporativo establecido, solo a los consumidores. En primer lugar, al Estado no le preocupa la ruina de la economía del consumidor individual, si con ella mejora la del conjunto de la economía, al menos en su versión contable. El crédito es al consumo, lo que implica más ventas, mayor nivel de actividad, crecimiento del Producto ¡el éxito! Y además aumenta la recaudación vía IVA.

A la Cámara Nacional de Comercio (CNC) lo que le interesa es vender más, al precio que sea. La intervención del BCU “le genera dudas”, sobre la metodología de cálculo de las tasas, sobre si están contemplados los costos de administración (el colmo, la intervención debe asegurarle la rentabilidad al prestamista), y además le preocupa el elevado riesgo de los préstamos. Claro, muchos no pagan (por lo que quedan “escrachados” en el clering de morosos) pero los que pagan, lo hacen por todos. Es sintomático el hecho de que la competencia entre los comercios es cada vez menos a través de la calidad o el precio del producto, y cada vez más a través de la financiación. Y también es sintomático que la agrupación de las empresas emisoras de tarjetas de crédito, forme parte de la CNC. Sobre la usura, ni una palabra.

No opina lo mismo otra gremial de comerciantes, la Asociación Comercial del Uruguay -que se autodefinen como los que están detrás del mostrador- cuyo presidente denunció ante la Comisión Parlamentaria que trata el tema, que las tarjetas de crédito incluyen en el contrato con el comerciante, una cláusula por la que este se debe comprometer a no hacer ningún descuento por pago al contado. Si se constata una violación a este “acuerdo”, las tarjetas, corporativamente, cancelan sus contratos con ese comercio, con lo cual, en los hechos, lo hunden. ¿Donde queda la famosa libertad, en este caso del comerciante, de premiar con un descuento, al que le paga al contado?

La Asociación de Bancos es parte directamente interesada. La Sección Créditos al Consumo, es la más rentable, por lejos, de las actividades de sus asociados, y lo demuestran con la feroz competencia desatada entre ellos, por captar solicitantes. Si les preguntan algo, hacen declaraciones de principios: que se preserve la libre competencia y por sobretodo, la sacrosanta libertad del consumidor (en los hechos, la libertad de elegir en qué árbol se quiere ahorcar).

Tampoco se la ve demasiado preocupada a AEBU, en otros temas celosa guardiana (directamente o a través del PIT-CNT) de las causas populares. Porque la usura afecta principalmente a las clases populares, las que tienen que pagar la tarjeta en cuotas o no tienen más remedio que caer en el “crédito de la casa”, que como vimos en el artículo anterior, son las dos formas más usurarias de crédito. Cualquier intervención podría deteriorar la costosamente alcanzada imagen de Uruguay como plaza financiera regional, y con ella el negocio de banqueros y bancarios. Costos, dicho sea de paso, que pagó y paga el conjunto de la sociedad uruguaya, no los banqueros, ni los bancarios.

En definitiva mi amigo, ojo cuando le den el dulce, mire que pica los dientes. Cuando la empleada del comercio, ante su cara de asombro al oír el precio, con gesto de despreocupación le diga: ¡pero lo puede (o podés) pagar con facilidades!, tenga cuidado. Muy probablemente lo estén por robar, y seguramente que este ladrón de guante blanco no pagará su delito con “6 meses de prisión a 4 años de penitenciaría” como prescribe la Ley. Porque Ud, como consumidor, es una presa a cazar, no un individuo con sus derechos protegidos por la Ley.

Cuadernos de Marcha
Junio de 1998

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